Resumen de novedades fiscales en la Región de Murcia para 2025
Ley 3/2025, de 23 de julio
BORM del 24 de julio de 2025
El 24 de julio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2025. Esta norma incluye importantes novedades tributarias en los principales impuestos autonómicos. A continuación, te presentamos un resumen práctico de los cambios más relevantes aplicables desde este año:
1. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Aplicación desde el 25 de julio de 2025:
- Reducción del tipo general en transmisiones de inmuebles:
Baja del 8 % al 7,75 % para la compra de viviendas u otros bienes inmuebles. - Bajada en AJD:
El tipo para escrituras públicas de compraventa sujetas pero no exentas de IVA se reduce del 2 % al 1,5 %. - Nuevo concepto de “joven” para aplicar el tipo reducido del 5 %:
Ahora se amplía el límite hasta los 40 años inclusive (antes solo para menores de 40), en adquisiciones por parte de jóvenes empresarios, profesionales o sociedades participadas íntegramente por ellos.
2. Impuesto sobre el Patrimonio
Con efectos desde el 1 de enero de 2025:
- Alineación con la normativa estatal:
Se modifica la escala del impuesto autonómico para igualarla con la estatal. - Bonificación vinculada al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas:
Los contribuyentes afectados por este tributo podrán aplicarse una bonificación en el Impuesto sobre el Patrimonio equivalente al importe abonado por el estatal.
3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Deducciones mejoradas
- Por discapacidad:
- Aumenta de 120 € a 150 €.
- Nuevo límite de renta: 40.000 €, en individual o conjunta.
- Por alquiler de vivienda habitual:
- Base imponible general hasta 40.000 €.
- Aplica a familias numerosas o personas con discapacidad igual o superior al 65 %.
- Por enseñanza de idiomas:
- Nuevo límite de renta: 25.000 € individual / 40.000 € conjunta.
Nuevas deducciones para 2025
- Por adquisición de vehículo eléctrico y punto de recarga
- Hasta 7.000 € por compra de vehículo.
- Hasta 4.000 € por instalación de cargador.
- Por cristales graduados y lentes de contacto para menores de 12 años
- 30 % del gasto, máximo 100 €.
- Requiere que el menor genere derecho al mínimo por descendientes.
- Por deporte y actividades saludables
- 30 % de deducción, hasta 150 € anuales.
- Para mayores de 65 años: deducción del 100 %.
- Límite de renta: 25.000 € (individual) / 40.000 € (conjunta).
- Por gastos derivados de enfermedades raras
- Hasta 300 €, con factura.
- Aplica también al cónyuge, ascendientes o descendientes con derecho al mínimo familiar.
- Por inversión en entidades de economía social
- Hasta 4.000 € deducibles por aportaciones como socio.
- Por gastos veterinarios de animales domésticos
- 30 % del gasto, hasta 100 €.
- Límite de renta: 25.000 € (individual) / 40.000 € (conjunta)
Información adicional
Consultar texto íntegro de la Ley 3/2025, publicada en el BORM del 24 de julio de 2025 (suplemento nº 3, publicación nº 3684). A partir del artículo 55 se desarrolla el régimen fiscal autonómico completo.
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