GRAN INVALIDEZ EN MURCIA

CUADRO ABOGADO DE HERENCIAS EN MURCIA

En GADE Asesores, contamos con abogados especializados en gran invalidez en Murcia que te ayudan a entender si tu situación puede encajar en este grado de incapacidad permanente y qué pasos debes seguir para solicitarla o reclamarla. En esta página te explicamos qué es exactamente la gran invalidez, qué requisitos se tienen en cuenta, qué pensión se puede cobrar y cómo analizamos y defendemos este tipo de casos frente al INSS.

    La gran invalidez es el grado más alto de incapacidad permanente.

    • Necesitas la ayuda de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, como: vestirte, asearte, comer o desplazarte

    Como abogados especializados en gran invalidez en Murcia, analizamos tu situación médica y tu grado de dependencia para ver si puedes acceder a este grado o, al menos, a una incapacidad permanente absoluta.

    Es una incapacidad permanente absoluta (no puedes trabajar en ningún empleo), a la que se añade el requisito de necesitar ayuda de tercera persona para las actividades esenciales del día a día.

    Siempre conlleva una pensión de incapacidad absoluta, más un complemento económico para pagar o compensar esa ayuda de tercera persona.

    • Se cobra el 100 % de la base reguladora (como en la absoluta),
    • Más un complemento destinado a cubrir el coste de la persona que te ayuda.

    Ese complemento depende de la base reguladora y de la normativa aplicable, pero la
    idea es clara:
    El sistema reconoce que, además de no poder trabajar, tienes un gasto fijo añadido porque necesitas ayuda constante.

    • Revisamos tu vida laboral y bases de cotización,
    • Calculamos una estimación de la pensión y del complemento,
    • Y te explicamos en qué horquilla económica te podrías mover.

    Que de forma habitual y recurrente necesites ayuda para cosas como:

    • Levantarte y acostarte.
    • Asearte o ducharte.
    • Vestirte.
    • Comer.
    • Ir al baño.
    • Desplazarte (silla de ruedas, apoyos, etc.).
    • Grado de autonomía.
    • Capacidad de realizar las tareas sin ayuda, aunque sea lentamente.
    • Riesgos si las haces solo (caídas, ahogos, accidentes domésticos).
    • Lesiones medulares con pérdida importante de movilidad.
    • Enfermedades neuromusculares graves.
    • Deterioros cognitivos severos.
    • Secuelas muy importantes de ictus.
    • Pérdida muy avanzada de visión (ceguera bilateral).
    • Polipatología grave con gran dependencia física.

    No basta con el diagnóstico: hay que ver cómo vives en el día a día.

    Te pedimos:

    En muchos casos:

    Si necesitas ayuda de otra persona para tareas básicas, no es sólo “una molestia”: puede que tengas derecho a gran invalidez y a un complemento de pensión importante.

    Contacta con nuestro despacho en Murcia, explícanos tu situación o la de tu familiar,
    y te diremos si vemos viable la gran invalidez y qué pasos habría que dar.