Desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social (TGSS), se ha habilitado la opción de modificación, para los trabajadores RETA, de su condición como trabajador autónomo: titular, colaborador, socio colaborador, etc.
Los plazos para poder subsanar o modificar la condición del autónomo son:
- Plazo para la subsanación de la condición declarada en el alta: 10 días, desde la fecha de presentación del alta.
- Plazo para comunicar una variación: 3 días, desde el momento en que se produzca la variación (este cambio tendrá efectos a partir del mes siguiente al que se comunique).
¿Cómo se utiliza el nuevo servicio?
Para realizar este trámite necesitarás disponer de Certificado Digital o Cl@ve.
Dentro de la opción de “Ciudadanos”, tendrás que hacer clic en “Afiliación e Inscripción”, donde aparecerán los datos del autónomo. A continuación, se deberá indicar si se trata de una corrección o variación, donde aparecerán los campos a rellenar para la comunicación. Una vez introducidos, si los datos son correctos, aparecerá un aviso de que se ha realizado correctamente la operación.
