El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, dos Reales Decretos Legislativos por los que se aprueban los textos refundidos de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley de Empleo.
Estos textos refundidos pretenden facilitar a los trabajadores, el ejercicio de sus derechos, y a los operadores económicos, el desarrollo de su actividad; agrupando la normativa dispersa en un solo texto y haciendo las normas más sistemáticas, comprensibles y de fácil aplicación.
Los dos textos refundidos garantizan una mayor seguridad jurídica, facilitando su manejo y aplicación a trabajadores y operadores económicos y dotando de certeza al derecho vigente. Asimismo, ofrecen mayor transparencia, al permitir integrar buena parte del ordenamiento laboral en estas normas.
Ambos textos, junto con el de la Ley General de Seguridad Social –que será aprobado próximamente-, se encuadran en el proyecto emprendido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de facilitar a todos los ciudadanos, de manera sencilla y clara, el cumplimiento de los requisitos administrativos propios del ámbito laboral y de la Seguridad Social. Así:
Con estos textos refundidos, el Gobierno cumple también con el compromiso asumido en el Proyecto de Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) a través de la Ley 20/2014.
Los dos textos refundidos han sido sometidos a audiencia de los agentes sociales así como a dictamen del Consejo Económico y Social y del Consejo de Estado. Los dos órganos consultivos han valorado positivamente los textos refundidos, señalando que facilitarán el conocimiento de las normas a los ciudadanos.
El Estatuto de los Trabajadores fue aprobado en marzo de 1980 y se refundió por primera vez en el año 1995, texto refundido actualmente vigente. En estos 20 años que han transcurrido desde 1995, el Estatuto de los Trabajadores ha sido modificado, con mayor o menor intensidad, en más de 50 ocasiones.
Este elevado número de modificaciones hacía necesario realizar un nuevo texto refundido que no implica un nuevo régimen jurídico ni novedades sustantivas en la materia.
Los objetivos de la refundición son
Dentro de las normas a integrar destacan:
El proyecto de texto refundido del Estatuto de los Trabajadores mantiene íntegramente la estructura y el número de artículos actuales, 92, pero no así las disposiciones de la parte final, que se reestructuran por completo, al suprimirse buena parte de las mismas.
De esta forma, el nuevo texto refundido del Estatuto de los Trabajadores refuerza la concepción compartida por la mayoría de la doctrina y los operadores jurídicos de que el la norma se ha ido fortaleciendo hasta llegar a una situación en la que ya nadie discute su trascendencia y su condición medular.
Este texto refundido tampoco supone cambios de orden sustantivo manteniéndose en la Ley de Empleo las políticas activas de empleo como verdaderas herramientas de activación frente al desempleo y el Sistema Nacional de Empleo, como un conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política de empleo.
Sin embargo, sí comparte los objetivos ya descritos para el ET: aclarar y armonizar la norma y dotarla de una estructura más ordenada.
Algunos ejemplos de esta armonización normativa son:
¿EN QUÉ
PODEMOS
AYUDARTE?