DESPIDO IMPROCEDENTE EN MURCIA

CUADRO ABOGADO DE HERENCIAS EN MURCIA

En GADE Asesores proporcionamos los mejores servicios de abogacía en Murcia para casos de despido improcedente.

    Si te han despedido en Murcia y tienes la sensación de que la empresa no tiene motivos reales o la carta es demasiado genérica, es muy posible que estemos ante un despido improcedente.

    Como abogados laboralistas en Murcia, revisamos tu caso, calculamos la indemnización que te corresponde y te ayudamos a reclamarla dentro del plazo de 20 días hábiles.

    Un despido es improcedente cuando la empresa:

    • No demuestra una causa real y suficiente para despedirte, o
    • No cumple los requisitos formales que marca la ley (por ejemplo, carta mal hecha, sin detalles, sin fechas, etc.).

    En la práctica, es improcedente cuando el juez entiende que:

    • La empresa no ha justificado bien la razón del despido, o
    • Aunque la razón exista, no se han respetado las formas.

    En esos casos, la empresa se ve obligada a:

    • Indemnizarte con la cantidad que corresponda, según tu antigüedad y salario.
    • Readmitirte en tu puesto de trabajo.

    Despido procedente

    El despido se considera procedente cuando:

    • La empresa acredita la causa (económica, disciplinaria, etc.)
    • Y ha cumplido los requisitos formales.

    En ese caso:

    • En el objetivo: se mantiene la indemnización de 20 días por año.
    • En el disciplinario: no hay indemnización (sí finiquito).

    Despido improcedente

    Se declara improcedente cuando:

    • La causa no queda acreditada, o
    • No se han respetado todos los requisitos.

    Consecuencias:

    • Si se trata de determinados representantes legales, la elección puede corresponder al trabajador.
    • La empresa elige entre readmitirte o pagarte la indemnización de improcedente (más alta).

    Despido nulo

    Es una categoría distinta. Se declara nulo cuando el despido vulnera derechos fundamentales o está conectado a situaciones especialmente protegidas (embarazo, maternidad/paternidad, reducción de jornada por cuidado de hijos, etc.).

    Consecuencias:

    • Readmisión obligatoria.
    • Pago de salarios de tramitación desde la fecha del despido.

    En muchos casos planteamos la demanda pidiendo subsidiariamente la improcedencia si el juez no entra a la nulidad.

    Hay muchas situaciones típicas en las que un despido acaba siendo declarado improcedente. Por ejemplo:

    1. Carta de despido vaga o genérica

    • Motivos tan genéricos que no puedes saber qué has hecho mal para defenderte.
    • Carta con frases tipo “pérdida de confianza” sin explicar nada más.

    2. Falta de pruebas por parte de la empresa

    • Alegan faltas de asistencia, pero no presentan cuadrantes fiables ni justifican bien los días.
    • Te despiden por “bajo rendimiento” pero no aportan cuadros comparativos ni advertencias previas.

    3. Mal uso del despido objetivo

    • Siguen contratando o haciendo horas extra mientras despiden.
    • Alegan causas económicas pero no aportan documentación seria que lo apoye.

    4. Errores formales

    • Se saltan trámites que exige el convenio (expediente contradictorio, comunicación a representantes, etc.).
    • No te entregan carta de despido por escrito.
    • No respetan plazos de preaviso cuando son necesarios.

    En todos esos escenarios, el despido puede ser declarado improcedente y darte derecho a una indemnización superior.

    ¿De qué depende la indemnización?

    La indemnización por despido improcedente se calcula en función de:

    • La fecha en la que empezaste a trabajar (por las reglas de antes y después de las reformas).
    • Tu salario (incluyendo pagas extra y determinados complementos).
    • Tu antigüedad en la empresa.

    Ejemplo orientativo

    A nivel web, puedes poner ejemplos sencillos tipo:

    • Trabajador con X años de antigüedad, salario bruto de Y €/mes → indemnización aproximada de Z €.

    Y dejar claro que:

    Se trata de ejemplos orientativos y que en cada caso es necesario un estudio detallado, porque pueden entrar en juego otros conceptos (salarios, variables, complementos, etc.).

    1. Revisión rápida del caso

    Lo primero es que nos envíes:

    • Carta de despido
    • Contrato y últimas nóminas
    • Datos básicos de antigüedad y puesto

    Con eso podemos decirte:

    • Qué indemnización podríamos reclamar.
    • Si el despido tiene buena defensa.
    • Si es mejor orientar la demanda a improcedente o a nulo.

    2. Conciliación (SMAC)

    Antes de acudir al juzgado, hay que presentar una papeleta de conciliación.

    En esta fase:

    • Dejamos clara nuestra posición: pedimos que se reconozca la improcedencia y se abone la indemnización correcta (o la nulidad si procede).
    • Intentamos cerrar un acuerdo ventajoso para ti, sin necesidad de juicio.

    Si la empresa ofrece una cantidad razonable, valoramos contigo si aceptarla. Si no hay acuerdo, pasamos al siguiente paso.

    3. Demanda por despido improcedente en el Juzgado de lo Social

    Si no hay acuerdo en el SMAC, presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social de Murcia.

    En la demanda pedimos:

    • Que se declare el despido improcedente (o nulo, si lo hemos planteado así),
    • Y que se condene a la empresa a readmitirte o a abonarte la indemnización que corresponda, más otros conceptos (salarios pendientes, vacaciones, variables, etc.).

    Nos encargamos de:

    • Plantear la estrategia jurídica más adecuada según tu caso.
    • Preparar tu comparecencia y la de los testigos.
    • Aportar documentos, correos, mensajes y toda la prueba necesaria.

    ¿Qué plazo tengo para reclamar un despido improcedente?

    El plazo general es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.

    • No cuentan sábados, domingos ni festivos.
    • Ese plazo no se puede alargar salvo supuestos muy excepcionales.

    Por eso es tan importante que, si te han despedido, no dejes pasar los días.

    ¿Qué pasa si ya he firmado el finiquito?

    Firmar el finiquito no siempre significa que renuncias a reclamar el despido.

    • Muchas veces se firma con prisas o sin saber lo que se está firmando.
    • Es muy importante que revisemos el documento exacto que has firmado.

    Aunque hayas firmado, puede ser posible demandar igualmente el despido como improcedente.

    ¿Puedo cobrar el paro y reclamar el despido a la vez?

    Sí.

    Puedes:

    • Y, al mismo tiempo, reclamar judicialmente el despido como improcedente o nulo.
    • Inscribirte como demandante de empleo.
    • Solicitar la prestación por desempleo si cumples los requisitos de cotización.

    ¿La empresa puede elegir entre readmitirme o indemnizarme?

    En la mayoría de casos, sí: si el juez declara el despido improcedente, la empresa elige:

    • Readmitirte en tu puesto, o
    • Indemnizarte.

    Hay excepciones (por ejemplo, en determinados cargos de representación) en las que el trabajador tiene un peso especial en esa elección.


    Si crees que tu despido no está justificado o la carta que te han dado es demasiado genérica, es muy posible que tengas derecho a una indemnización mayor de la que te ofrecen.

    Te proponemos:

    1. Nos envías la carta de despido y tus datos básicos.
    2. Te decimos si tiene pinta de improcedente y qué podemos reclamar.
    3. Te acompañamos en todo el proceso, desde el SMAC hasta el juzgado si hace falta.

    Contacta con nuestro despacho de abogados laboralistas en Murcia y deja que defendamos tus derechos frente a un despido improcedente.

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