16/01/2017 Comunicados

Reclamación cláusula suelo y gastos de constitución de hipoteca

Entre los servicios que presta nuestro DEPARTAMENTO JURÍDICO se encuentra el de reclamación de diversas cláusulas abusivas incluidas en contratos de productos bancarios y que seguramente habrá tenido oportunidad de escuchar en los medios de comunicación dados los últimos pronunciamientos judiciales. Existe la posibilidad de reclamar por:

  • Cláusula suelo en contratos de préstamo hipotecario.
  • Gastos de constitución de hipoteca.
  • Redondeos al alza en el cálculo de intereses.
  • Vencimiento anticipado por falta de pago del préstamo hipotecario.
  • Intereses de demora abusivos.
  • Gastos derivados del incumplimiento del pago por el prestatario en lo referente a la atribución del pago de todas las costas procesales (abogado y procurador).
  • Imputación al cliente de los gastos procesales (abogado y procurador) cuando no sea necesario.
  • Oposiciones en desahucios de vivienda por falta de pago cuando existan estas cláusulas.

Reclamación cláusula suelo

La denominada CLÁUSULA SUELO establece un límite mínimo al interés a aplicar en la cuota aunque el tipo de interés descienda de un determinado porcentaje pese a haber firmado una hipoteca de interés variable, beneficiándose de ello la entidad bancaria. La tendencia en los últimos años del EURIBOR ha sido a la baja y por lo tanto ha entrado en juego dicha cláusula por lo que el hipotecado ha pagado más intereses de lo que le corresponde.

La reclamación de dicha cláusula puede suponer una cantidad importante de dinero. La forma de reclamarla es iniciando un procedimiento de reclamación extrajudicial contra la entidad financiera y si fracasa acudir al juzgado mediante la correspondiente demanda. En caso de que se declare nula por el juzgado se condenará también a dicha entidad a la devolución de intereses.

El Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de mayo de 2013 estableció que la cláusula suelo era abusiva por falta de transparencia y por tanto nula en los contratos de préstamo con interés variable, por lo que procedía la devolución de intereses pero desde la fecha de publicación de dicha sentencia.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido en sentencia de 21 de diciembre de 2016 la retroactividad total de lo indebidamente abonado al banco por lo que se incrementa de forma importante la cantidad a devolver.

Gastos de constitución de hipoteca

Respecto de los gastos de constitución de hipoteca, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en Sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre en la que declarando abusiva la cláusula en la que el BBVA impone a la persona que adquiere la vivienda (prestatario) el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario. A partir de dicha sentencia se abre la vía para reclamar tanto gastos notariales, registrales, tasación e impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Respecto de estos últimos (AJD) existe cierta controversia dado que pese al pronunciamiento del Tribunal Supremo hay que tener en cuenta el artículo 68 del RD 828/1995, de 29 de mayo, sobre el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados pues determina que será sujeto pasivo el adquiriente del bien y que cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquiriente al prestatario (el que recibe el préstamo). Por ello, hay que mantener la prudencia respecto de la reclamación de este último hasta que exista jurisprudencia que ponga fin a la controversia.

Estamos a su disposición para ayudarle a identificar si su hipoteca posee dicha cláusula y las posibilidades de reclamación, siendo dicha consulta sin coste.

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