28/08/2020 COVID-19

Medidas adicionales por incremento de positivos por COVID-19

El 26 de agosto de 2020, la Consejería de Salud aprobó  las medidas adicionales en la Región de Murcia de carácter excepcional y temporal para hacer frente a la evolución desfavorable de la epidemia de COVID-19 producida en los últimos días en la Región de Murcia.

Medidas adicionales de carácter general.

  • En los establecimientos de hostelería y restauración, el número máximo de ocupantes de las mesas o agrupaciones de ellas se establece en seis personas, salvo en el caso de convivientes, y sin perjuicio de la posibilidad de prestar servicio en barra respetando la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.
  • En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados
  • El número máximo de asistentes a velatorios y comitivas de enterramiento o cremación, tanto en instalaciones públicas como privadas, será de quince personas en espacios cerrados y de veinticinco en espacios al aire libre.
  • Se suspende la actividad de prostíbulos o clubes de alterne, con independencia del tipo de licencia bajo el que se desarrolle su actividad.

Medidas específicas.

Con carácter temporal se establecen las siguientes medidas específicas para los municipios de Abarán, Alhama De Murcia, Fuente Álamo, Lorca y Murcia.

  • La capacidad máxima de ocupación será del 40% en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración.
  • Queda suspendida la posibilidad de ampliar el límite máximo de ocupación, asistencia o participación, previa elaboración de planes de actuación específicos.
  • Para el municipio de Lorca se mantendrán las medidas restrictivas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2020 de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas extraordinarias de carácter temporal por razón de salud pública para la contención del brote de COVID-19 aparecido en el municipio de Lorca, mientras dure su vigencia y sin perjuicio de su eventual prórroga.
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