7/09/2016 Fiscal

IBI Rústico 2016

Se entiende por titular catastral a la persona física o jurídica propietaria de bienes inmuebles calificados como rústicos o pecuarios. Son considerados así tanto los titulares con obligación de tributar (contribuyentes), como aquellos que gozan de algún tipo de exención fiscal.

Consulta del valor catastral.

Recuerde que puede consultar sus datos catastrales usando su certificado digital en el Portal de la Dirección General del Catastro.

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