8/09/2020 Fiscal

Ayudas para inversiones productivas y tecnológicas COVID-19

Si eres autónomo o pyme, te puede interesar las ayudas que se han convocado para inversiones en la implantación del teletrabajo o medidas para evitar el contagio por COVID-19, te resumimos la orden de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía del Instituto de Fomento de la Región de Murcia aprobada el 07 de septiembre de 2020, para las ayudas plurianuales para el apoyo a inversiones productivas y tecnológicas COVID-19.

Beneficiarios:

Autónomos o personas jurídicas comprendidas en la definición de pyme, cuyos resultados económicos se vean afectados a raíz del brote de COVID-19, que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad.

Objeto:

Fomentar los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales para la modernización productiva, conforme a lo establecido en el Anexo I de la Orden de Bases Reguladoras del programa de apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas COVID-19 cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 182, del 7 de agosto de 2020.

Financiación:

El crédito disponible máximo para esta convocatoria plurianual es de un millón quinientos mil euros (1.500.000- €) distribuidos:

  • Anualidad 2020: 1.000.000 €.
  • Anualidad 2021: 500.000 €.

Hasta el 80%, o con una tasa de cofinanciación superior en el caso que se acuerde procedentemente, con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), es decir, hasta un millón doscientos mil euros (1.200.000 €), asignados al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, con arreglo a la Subvención Global establecida mediante Decisión C(2015)3408 de la Comisión.

Cuantía de la subvención:

Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles para empresas medianas, del 65% para pequeñas empresas y del 85% para microempresas y autónomos, y un importe máximo por beneficiario de 15.000 €.

Costes y modalidades de proyectos elegibles y plazo de realización:

Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, sin limitación en cuanto a su importe, provenientes de terceros para la modernización productiva necesaria para:

  • Incorporación de las empresas a fórmulas de teletrabajo y nuevos sistemas de comunicación.
  • Inversiones de elementos de protección y seguridad necesarios para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.

El plazo de realización comenzará desde el 1 de marzo de 2020 y hasta 6 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda. Este plazo podrá ser ampliado en 3 meses cuando se acredite la realización de al menos el 25% de la inversión aprobada.

Presentación y plazo:

Deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitud, conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto, hasta el 30 de septiembre de 2020.

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